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La obligación del Estado Paraguayo de garantizar el derecho a la vida, la salud en tiempos de pandemia.

  La pandemia no exime al Estado paraguayo de garantizar el derecho a la vida y la salud. Es la primera claridad conceptual que debe manejarse a partir de la avalancha de amparos constitucionales de familiares desesperados en búsqueda de una cama de terapia intensiva para pacientes de COVID 19.   El debate generado en las últimas semanas ante la carencia de unidades de terapia intensiva en centros asistenciales de carácter público de nuestro país, para atender principalmente a los enfermos por la pandemia, debiendo apelarse a órdenes judiciales para ubicar imperativamente a quienes teniendo pocas horas se debaten entre la vida y la muerte no puede dejar de sorprendernos y causar indignación.   Ello aumenta, cuando quienes utilizando su imperium proceden a ordenar el cumplimiento de todos los instrumentos normativos nacionales y supra nacionales que obliga a la República del Paraguay reciben respuestas evasivas, tales como “que venga el juez a desconectar un respirador y ubique